Herramientas Personales
Usted está aquí: Inicio Noticias 2019 NOTA 28 - 2019

NOTA 28 - 2019

MITRAB EMITE COMUNICADO RELATIVO AL 1 y 10 DE AGOSTO DEL 2019

La Ministra del Trabajo, Dra. Alba Luz Torres Briones, por orientaciones del Presidente de la República Comandante Daniel Ortega y en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y Ley No. 185 “Código del Trabajo”, emitió un comunicado para dar conocer que los días 1 y 10 de agosto del año 2019 asueto remunerado para tod@s l@s trabajador@s que laboran exclusivamente en el Municipio de Managua, el que fue leído ante los medios de comunicación por el secretario General del Ministerio del Trabajo, Dr. José León Arguello Malespín, el que literalmente dice: 

COMUNICADO

La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, Ley No. 185 “Código del Trabajo en su artículo 264, inciso d) 

CONSIDERANDO: Que nuestro Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional garantiza el cumplimiento de la legislación laboral. Que el compañero Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra es respetuoso de las tradiciones, cultura y religiosidad de nuestro pueblo;

HACE SABER:A tod@s l@s empleador@s y trabajador@s del Municipio de Managua, lo siguiente: 

I: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 67 del Código del Trabajo, se declaran los días uno y diez de agosto del año en curso, asueto remunerado para tod@s l@s trabajador@s que laboran exclusivamente en el Municipio de Managua, por conmemorarse en dichas fechas las festividades de Santo Domingo de Guzmán, Santo  Patrono de los Managua. 

II: Se aclara, los días uno y diez de agosto son días de asueto celebrados únicamente a nivel Municipal de Managua, por lo que l@s trabajador@s deben incorporarse a sus labores los días viernes dos y lunes doce de agosto del año en curso respectivamente. 

III: Se exceptúan aquellas labores que por su naturaleza no pueden ser interrumpidas de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país. 

Dado en la ciudad de Managua, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil diecinueve. 

 Alba Luz Torres Briones

Ministra del Trabajo

 
Acciones de Documento