NOTA 35 - 2019
Consenso Tripartito en la Mesa de Salario Mínimo
En aras de continuar asegurando y fortaleciendo la estabilidad en el empleo en todos los sectores económicos del país, la Comisión Nacional de Salario Mínimo llega a un Consenso Tripartito el cual tiene como objetivo mantener los actuales salarios mínimos aprobados, en aplicación y establecidos en el acta número 2 del veintitrés de agosto del año 2018, hasta el 29 de Febrero del año dos mil veinte.

Todo ello como parte de un consenso entre los representantes de las empresas, representante de los trabajadores y el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional. El acuerdo literalmente dice:
COMISIÓN NACIONAL DEL SALARIO MÍNIMO
ACTA NÚMERO 1. II SEMESTRE 2019
Nosotros, los miembros de la Comisión Nacional de Salario Mínimo (CNSM) previa convocatoria de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 625 “ Ley del Salario Mínimo”, y el acuerdo visible establecido en el acta de ayuda memoria número 2, de sesión permanente del veinticinco de abril del año 2019.
Reunid@s en la ciudad de Managua a los veintinueve días del mes de agosto 2019 en el auditorio “Amanda Aguilar” del Ministerio del Trabajo, con el fin de instalar conforme a la referida Ley, la Mesa de Negociación y que los miembros de la Comisión Nacional de Salario Mínimo debidamente acreditados, acuerden de forma tripartita tomando en cuenta los factores económicos según Ley de la materia para estos casos.
Una vez habiendo sido suficientemente discutido y valorados los indicadores económicos reflejados en los niveles de inflación y crecimiento económico como base para la toma de acuerdos al respecto.
Con base a lo anterior y en aras de continuar asegurando y fortaleciendo la estabilidad en el empleo en todos los sectores económicos, llegamos al siguiente CONSENSO TRIPARTITO: Mantener los actuales salarios mínimos aprobados, en aplicación y establecidos en el acta número 2 del veintitrés de agosto del año 2018, hasta el 29 de Febrero del año dos mil veinte.
Se convoca a la Comisión Nacional de Salario Mínimo para la segunda semana del mes de enero del año dos mil veinte para negociar los salarios Mínimos que se aplicarán en ese próximo período.











