NOTA 215 - 2021
MITRAB EMITE COMUNICADO RELATIVO A LAS VACACIONES DE NAVIDAD Y FIN DE AÑO
La Ministra del Trabajo, Dra. Alba Luz Torres Briones, por orientaciones del Presidente de la República Comandante Daniel Ortega y en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y Ley No. 185 “Código del Trabajo”, emitió un comunicado para dar a conocer el periodo de vacaciones de Navidad y Fin de Año, el que fue leído ante los medios de comunicación por el Secretario General del Ministerio del Trabajo, Dr. José León Arguello Malespín, el que literalmente dice:
COMUNICADO
SOBRE LAS VACACIONES DE NAVIDAD Y FIN DE AÑO
La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley número 290 “LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO” y la Ley número 185, Código del Trabajo de la República de Nicaragua, en su artículo 264 inciso d)
HACE SABER:
A tod@s l@s trabajador@s del Estado
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Artículo 76 del Código del Trabajo, l@s trabajador@s al servicio del Estado y sus instituciones, tienen derecho a disfrutar en familia y comunidad, de vacaciones con goce de salario en los períodos de navidad y año nuevo.
POR TANTO:
I
L@s trabajador@s al servicio del Estado y sus instituciones iniciarán el período de vacaciones el día viernes 17 de diciembre del año 2021 al finalizar su jornada laboral; retornando a sus labores normales el día miércoles 05 de Enero del año 2022.
Los días sábado 25 de Diciembre del 2021 y sábado 01 de Enero del 2022, por ser días feriados nacionales, tanto en el caso del sector público como en el sector privado no afectan la cuenta de las vacaciones.
Se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.
II
En el caso de l@s empleador@s y trabajador@s del sector privado, deberán ajustarse a la costumbre, o a lo acordado entre las partes.
Dado en la ciudad de Managua, a los catorce días del mes de Diciembre del año dos mil veintiuno.
Dra. Alba Luz Torres Briones
Ministra del Trabajo











