NOTA DE PRENSA 359-DICIEMBRE-2024
MITRAB EMITE COMUNICADO RELATIVO A LAS VACACIONES DE NAVIDAD Y FIN DE AÑO 2024
La Ministra del Trabajo, Dra. Alba Luz Torres Briones, por orientaciones
del Presidente de la República Comandante Daniel Ortega y en uso de las
facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y
Procedimientos del Poder Ejecutivo” y Ley No. 185 “Código del Trabajo”, da a
conocer el comunicado relativo a las vacaciones de Navidad y Fin de año 2024,
el que fue leído ante los medios de comunicación, el lunes 2 de diciembre del
año 2024, por el secretario General del Ministerio del Trabajo, Dr. José León
Arguello Malespín, el que literalmente dice:
Republica de Nicaragua Comandante Daniel Ortega Saavedra l@s trabajador@s al
servicio del Estado y sus instituciones, disfrutaran en familia y comunidad de
vacaciones con goce de salario en los períodos de navidad y año nuevo.
COMUNICADO
SOBRE LAS VACACIONES DE NAVIDAD Y FIN DE AÑO 2024
La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley número 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y Ley número 185, “Código del Trabajo”, en su artículo 76
HACE SABER: A tod@s l@s trabajador@s, empleador@s públicos y privados del País.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Arto. 76 del Código del Trabajo y con instrucciones del Presidente de la
POR TANTO:
I. El último día de labores de l@s Trabajador@s al servicio del Estado y sus instituciones será el viernes 20 de diciembre del año 2024, al finalizar su jornada, retornando a sus labores ordinarias el martes 07 de enero del año 2025.
II.- Los días 25 de diciembre del 2024 y 1 de Enero del 2025, por ser días feriados nacionales para tod@s l@s Trabajador@s públicos y privados, no afecta la cuenta de las vacaciones, de conformidad al artículo 66 del Código del Trabajo.
III.- Se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.
IV.- En el caso de l@s empleador@s y trabajador@s del sector privado, deberán ajustarse a la costumbre o a lo acordado entre las partes.
Dado en la ciudad de Managua, a los 12 días del mes de Diciembre del año 2024.
Dra. Alba Luz Torres Briones
Ministra del Trabajo











