Convenios
Convenio entre MITRAB-CNEPTI y Save The Children Noruega-Nicaragua
Convenio de cooperación entre la comisión nacional para la erradicación del trabajo infantil y protección del adolescente trabajador (CNEPTI) y SAVE THE CHILDREN Noruega-Programa Nicaragua
Convenio entre el Ministerio del Trabajo y el Instituto Nicaraguense de la Mujer
Convenio entre el Instituto Nicaragüense de la Mujer (INIM) y el Ministerio del Trabajo (MITRAB)
Convenio entre el Ministerio del Trabajo y la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua
Convenio de colaboración entre el Ministro del Trabajo (MITRAB) de la República de Nicaragua y Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN-Managua)
Convenio de colaboración interinstitucional entre: Alcaldía Municipal de Chinandega, Comisión Municipal de la niñez y adolescencia, MITRAB y MINED
Convenio de colaboración interinstitucional entre: Alcaldía municipal de Chinandega, Comisión municipal de la niñez y adolescencia, Ministerio del trabajo y Ministerio de Educación.
Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de Nicaragua y la Organización Internacional del Trabajo
Este Memorándum de Entendimiento se suscribe entre el Gobierno de Nicaragua, representado por el Ministerio del Trabajo (MITRAB) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), representada por la Oficina Internacional del Trabajo. Reconociendo el derecho del niño y la niña de ser protegido contra la explotación económica y realizar cualquier trabajo que interfiera con su educación o dañe su salud o su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social...
C1 Convenio sobre las horas de trabajo (industria), 1919
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la aplicación del principio de la jornada de ocho horas o de la semana de cuarenta y ocho horas, cuestión que constituye el primer punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Wáshington, y
C2 Convenio sobre el desempleo, 1919
Después de haber decidido adoptar diversas disposiciones relativas a los medios de prevenir el desempleo y de remediar sus consecuencias, cuestión que constituye el segundo punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Wáshington, y
C3 Convenio sobre la protección a la maternidad, 1919
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al empleo de las mujeres, antes y después del parto, con inclusión de la cuestión de las indemnizaciones de maternidad, cuestión que está comprendida en el tercer punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Wáshington, y
C4 Convenio sobre el trabajo nocturno (mujeres), 1919
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al trabajo nocturno de la mujer, cuestión que está comprendida en el tercer punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Wáshington, y
C6 Convenio sobre el trabajo nocturno de los menores (industria), 1919
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al empleo de los niños durante la noche, cuestión que está comprendida en el cuarto punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Wáshington, y
C8 Convenio sobre las indemnizaciones de desempleo (naufragio), 1920
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la inspección de las condiciones de enrolamiento de la gente de mar; colocación; condiciones para la aplicación, a la gente de mar, del Convenio y de las Recomendaciones sobre el desempleo y el seguro contra el desempleo, aprobados en Wáshington en el mes de noviembre último, cuestión que constituye el segundo punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Génova, y
C9 Convenio sobre la colocación de la gente de mar, 1920
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la inspección de las condiciones de enrolamiento de la gente de mar; colocación; aplicación, a la gente de mar, del Convenio y de las Recomendaciones sobre el desempleo y el seguro contra el desempleo, aprobados en Wáshington en el mes de noviembre último, cuestión que constituye el segundo punto del orden del día de la reunión de la Conferencia celebrada en Génova, y
C11 Convenio sobre el derecho de asociación (agricultura), 1921
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a los derechos de asociación y de coalición de los trabajadores agrícolas, cuestión que está comprendida en el cuarto punto del orden del día de la reunión, y
C12 Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo (agricultura), 1921
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la protección de los trabajadores agrícolas contra los accidentes, cuestión que está comprendida en el cuarto punto del orden del día de la reunión, y
C13 Convenio sobre la cerusa (pintura), 1921
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la prohibición del empleo de la cerusa en la pintura, cuestión que constituye el sexto punto del orden del día de la reunión, y
C14 Convenio sobre el descanso semanal (industria), 1921
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al descanso semanal en la industria, cuestión que está comprendida en el séptimo punto del orden del día de la reunión, y
C16 Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajo marítimo), 1921
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al examen médico obligatorio de los menores empleados a bordo de los buques, cuestión que está comprendida en el octavo punto del orden del día de la reunión, y
C17 Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo, 1925
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la indemnización por accidentes del trabajo, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
C18 Convenio sobre las enfermedades profesionales, 1925
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la indemnización por enfermedades profesionales, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
C19 Convenio sobre la igualdad de trato (accidentes del trabajo), 1925
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la igualdad de trato entre los trabajadores extranjeros y nacionales, víctimas de accidentes del trabajo, cuestión que constituye el segundo punto en el orden del día de la reunión, y
C21 Convenio sobre la inspección de los emigrantes, 1926
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la simplificación de la inspección de los emigrantes a bordo de los buques, cuestión que está inscrita en el orden del día de la reunión, y
C22 Convenio sobre el contrato de enrolamiento de la gente de mar, 1926
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al contrato de enrolamiento de la gente de mar, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional,
C23 Convenio sobre la repatriación de la gente de mar, 1926
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la repatriación de la gente de mar, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
C24 Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria), 1927
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al seguro de enfermedad de los trabajadores de la industria, del comercio y del servicio doméstico, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
C25 Convenio sobre el seguro de enfermedad (agricultura), 1927
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al seguro de enfermedad de los trabajadores agrícolas, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
C26 Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a los métodos para la fijación de salarios mínimos, cuestión que constituye el primer punto del orden del día de la reunión, y
C27 Convenio sobre la indicación del peso en los fardos transportados por barco, 1929
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la indicación del peso en los grandes fardos transportados por barco, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
C28 Convenio sobre la protección de los cargadores de muelle contra los accidentes, 1929
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la protección contra los accidentes de los trabajadores empleados en la carga y descarga de los buques, cuestión que está comprendida en el segundo punto del orden del día de la reunión, y
C29 Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al trabajo forzoso u obligatorio, cuestión que está comprendida en el primer punto del orden del día de la reunión, y
C30 Convenio sobre las horas de trabajo (comercio y oficinas), 1930
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la reglamentación de las horas de trabajo en el comercio y las oficinas, cuestión que está comprendida en el segundo punto del orden del día de la reunión, y
C45 Convenio sobre el trabajo subterráneo (mujeres), 1935
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al empleo de las mujeres en los trabajos subterráneos de toda clase de minas, cuestión que constituye el segundo punto del orden del día de la reunión, y
C63 Convenio sobre estadísticas de salarios y horas de trabajo, 1938
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a las estadísticas de salarios y horas de trabajo en las industrias principales mineras y manufactureras, en la edificación y la construcción y en la agricultura, cuestión que constituye el sexto punto del orden del día de la reunión;
C77 Convenio sobre el examen médico de los menores (industria), 1946
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al examen médico de aptitud para el empleo de los menores en la industria, cuestión que está incluida en el tercer punto del orden del día de la reunión, y
C78 Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajos no industriales), 1946
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al examen médico de aptitud para el empleo de los menores en trabajos no industriales, cuestión que está incluida en el tercer punto del orden del día de la reunión, y
C87 Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948
Después de haber decidido adoptar, en forma de convenio, diversas proposiciones relativas a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación, cuestión que constituye el séptimo punto del orden del día de la reunión;
C88 Convenio sobre el servicio del empleo, 1948
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la organización del servicio del empleo, cuestión que está comprendida en el cuarto punto del orden del día de la reunión, y
C95 Convenio sobre la protección del salario, 1949
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la protección del salario, cuestión que constituye el séptimo punto del orden del día de la reunión, y
C98 Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva, cuestión que constituye el cuarto punto del orden del día de la reunión, y
C100 Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, cuestión que está comprendida en el séptimo punto del orden del día de la reunión, y
C105 Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957
Después de haber tomado nota de que la Convención sobre la esclavitud, 1926, establece que deberán tomarse todas las medidas necesarias para evitar que el trabajo obligatorio o forzoso pueda dar lugar a condiciones análogas a la esclavitud y de que la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, 1956, prevé la completa abolición de la servidumbre por deudas y la servidumbre de la gleba;
C110 Convenio sobre las plantaciones, 1958
Habiendo estimado que, con carácter excepcional, a fin de acelerar la aplicación a las plantaciones de ciertas disposiciones tomadas de convenios existentes, en espera de una ratificación más general de esos convenios y de la aplicación de sus disposiciones a todas las personas protegidas por éstos, y con objeto de extender a las plantaciones la aplicación de ciertos convenios que se les aplican actualmente, sería oportuno adoptar un instrumento con tal fin;
C111 Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958
Considerando que la Declaración de Filadelfia afirma que todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades, y
C115 Convenio sobre la protección contra las radiaciones, 1960
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la protección de los trabajadores contra las radiaciones ionizantes, cuestión que constituye el cuarto punto del orden del día de la reunión, y
C117 Convenio sobre política social (normas y objetivos básicos), 1962
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la revisión del Convenio sobre política social (territorios no metropolitanos), 1947, cuestión que constituye el décimo punto del orden del día de la reunión, principalmente a fin de hacer posible a los Estados independientes que continúen aplicándolo y que lo ratifiquen;
C119 Convenio sobre la protección de la maquinaria, 1963
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la prohibición de la venta, arrendamiento y utilización de maquinaria desprovista de dispositivos adecuados de protección, cuestión que constituye el cuarto punto del orden del día de la reunión, y
C122 Convenio sobre la política del empleo, 1964
Considerando, además, que de acuerdo con la Declaración de Filadelfia incumbe a la Organización Internacional del Trabajo examinar y considerar los efectos de las políticas económicas y financieras sobre la política del empleo, teniendo en cuenta el objetivo fundamental de que todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades;
C127 Convenio sobre el peso máximo, 1967
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al peso máximo de la carga que puede ser transportada por un trabajador, cuestión que constituye el sexto punto del orden del día de la reunión, y
C131 Convenio sobre la fijación de salarios mínimos, 1970
Considerando que ha llegado el momento de adoptar otro instrumento que complemente los convenios mencionados y asegure protección a los trabajadores contra remuneraciones indebidamente bajas, el cual, siendo de aplicación general, preste especial atención a las necesidades de los países en vías de desarrollo;
C135 Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971
Teniendo en cuenta las disposiciones del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949, que protege a los trabajadores contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo;
C136 Convenio sobre el benceno, 1971
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la protección contra los riesgos del benceno, cuestión que constituye el sexto punto del orden del día de la reunión, y después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional,
C137 Convenio sobre el trabajo portuario, 1973
Considerando que se han producido y siguen produciéndose importantes cambios en los métodos de manipulación de cargas en los puertos -- por ejemplo, la adopción de unidades de carga, la introducción de sistemas de transbordo horizontal (roll-on/roll-off) y el aumento de la mecanización y de la automación -- y en el movimiento de mercancías y que se espera que en el futuro tales cambios adquieran aún más importancia;
C138 Convenio sobre la edad mínima, 1973
Considerando que ha llegado el momento de adoptar un instrumento general sobre el tema que reemplace gradualmente a los actuales instrumentos, aplicables a sectores económicos limitados, con miras a lograr la total abolición del trabajo de los niños, y después de haber decidido que dicho instrumento revista la forma de un convenio internacional,
C139 Convenio sobre el cáncer profesional, 1974
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la prevención y control de los riesgos profesionales causados por las sustancias y agentes cancerígenos, cuestión que constituye el quinto punto del orden del día de la reunión, y después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional,
C140 Convenio sobre la licencia pagada de estudios, 1974
Tomando nota además de las disposiciones existentes en las actuales recomendaciones internacionales del trabajo en materia de formación profesional y de protección de los representantes de los trabajadores, que prevén licencias temporales para los trabajadores o la concesión a éstos de tiempo libre para que participen en programas de educación o de formación;
C141 Convenio sobre las organizaciones de trabajadores rurales, 1975
Tomando nota de que en muchos países del mundo, y muy especialmente en los países en vías de desarrollo, la tierra se utiliza en forma muy insuficiente, de que la mano de obra está en gran parte subempleada y de que estas circunstancias exigen que los trabajadores rurales sean alentados a desarrollar organizaciones libres y viables, capaces de proteger y de defender los intereses de sus afiliados y de garantizar su contribución efectiva al desarrollo económico y social;
C142 Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al desarrollo de los recursos humanos: orientación profesional y formación profesional, cuestión que constituye el sexto punto del orden del día de la reunión, y después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional,
C144 Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976
Habiendo considerado el cuarto punto del orden del día de la reunión, titulado "Establecimiento de mecanismos tripartitos para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo", y habiendo decidido adoptar ciertas propuestas relativas a consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo, y
C146 Convenio sobre las vacaciones anuales pagadas (gente de mar), 1976
Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la revisión del Convenio sobre las vacaciones pagadas de la gente de mar (revisado), 1949 (núm. 91), a la luz del Convenio sobre las vacaciones pagadas (revisado), 1970 (núm. 132), pero sin limitarse necesariamente a este texto, cuestión que constituye el segundo punto del orden del día, y
C182 Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999
Considerando que la eliminación efectiva de las peores formas de trabajo infantil requiere una acción inmediata y general que tenga en cuenta la importancia de la educación básica gratuita y la necesidad de librar de todas esas formas de trabajo a los niños afectados y asegurar su rehabilitación y su inserción social al mismo tiempo que se atiende a las necesidades de sus familias;
Convenio 169, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes
Considerando que la evolución del derecho internacional desde 1957 y los cambios sobrevenidos en la situación de los pueblos indígenas y tribales en todas las regiones del mundo hacen aconsejable adoptar nuevas normas internacionales en la materia, a fin de eliminar la orientación hacia la asimilación de las normas anteriores,. . .



















